San Isidro, Buenos Aires | |

 

 

 

 

 

 

     
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Comenzó el juicio al médico que no quiso matar a un niño
   
Con la intención de amedrentar a los profesionales de la salud que "se atrevan" a contradecir el totalitarismo ideológico que busca por todos los medios imponer la cultura de la muerte, este lunes 13 de Mayo comenzó el juicio oral al médico tocoginecólogo del Hospital "Pedro Moguillansky" (Cipolletti, Río Negro), Dr. Leandro Rodríguez Lastra (MPRN 6818), por "incumplimiento de los deberes del funcionario público".

El tribunal de Rio Negro presidido por el Dr. Julio Sueldo había tomado la decisión de llevar a juicio la causa promovida por la diputada Marta Milesi contra el ginecólogo por haber atendido a una mujer con un embarazo de más de 22 semanas y a cuyo hijo quiso matar sin éxito mediante el consumo de medicación (presumiblemente Misoprostol) el 2 de Abril de 2017.

Los fiscales Santiago Márquez Gauna, Rita Lucía y Anabella Camporessi habían señalado que el Dr. Rodríguez Lastra habría incumplido con lo normado por la ley provincial 4.796 y el decreto provincial 182/2016, entre otras normativas que regulan el "derecho" de las víctimas de abusos sexuales que resultaran embarazadas producto de la violación a acceder a la interrupción "legal" de su embarazo, y su no acatamiento encuadraría en la figura de incumplimiento de los deberes de "funcionario público".


La acumulación de despropósitos es, realmente, increíble

Corresponde entender que el origen de toda esta fantochada jurídica se inició hace muchos años, pero que tuvo su momento "cumbre" en la acción ideológica conocida como caso "F., A. L." (1).

Cuando la Corte Suprema falló en Marzo de 2012 haciendo una caprichosa y nada inocente interpretación del Código Penal para "resolver" un caso, abrió las puertas del infierno para que el Estado atacara la institucionalidad del país promoviendo un inconstitucional protocolo de "abortos no punibles".

Es decir, no se dice no sea delito, pero se asegura falsamente que es "no punible". Y, poco a poco, aquello que era delito y que, erróneamente, se consideraba que no recibiría pena alguna, termina presentándose a la sociedad como "un derecho".

El tribunal mayor de la Argentina, como parte activa de un movimiento ideológico contrario a la vida humana y a la familia, facilitó que el Estado (nacional y algunos provinciales) salieran a imponer normas o resoluciones que se oponen a la Ley Fundamental, el Código Civil y Comercial y el Código Penal.

Es así que la provincia de Río Negro, entre otras, sale sin temor alguno a dictar una ley provincial que contradice la Constitución y todo lo que le está jurídicamente subordinado. Si la Corte Suprema se animó a fallar a su antojo, cancelando la parte que, ideológicamente no le conviene, del Código Penal, y el ministerio de Salud de la Nación promueve una acción administrativa contraria al marco jurídico argentino ¿Por qué estaría mal que el gobierno rionegrino hiciera lo mismo?

Luego, la diputada Marta Milesi encuentra que Rodríguez Lastra puede ser un apetecible bocado para su apetito de figuración y su carrera política, y un equipo de fiscales y un tribunal son fieles a la ola antijurídica argentina.

Muchísimos argentinos y extranjeros, profesionales de la salud muchos de ellos, se han unido en férreo apoyo al Dr. Leandro Rodríguez Lastra en solidaridad por la situación a la que se ve sometido entendiendo que merece respaldo y respeto. Y también porque lo que a él le sucede,… le puede pasar a cualquiera que se oponga al totalitarismo ideológico de los abortistas e ideólogos de género.

El Consorcio de Médicos Católicos, Médicos por la Vida, Mas Vida, Marcha por la Vida y cientos de agrupaciones surgidas al amparo de la ola celeste en el último tiempo, han expresado la necesidad de acompañar al médico que sabía lo que hacía al proteger a la madre y al cuidar al niño.

Valga recordar que un equipo interdisciplinario decidió que el mejor camino era continuar el embarazo hasta que pudiera hacerse un parto prematuro que asegurara la integridad del niño y el mejor pronóstico para la madre. Es así que a los 7 meses y medio el niño nació y fue dado en adopción. Final feliz, a pesar de la diputada Milesi, los fiscales y el tribunal presidido por el juez Sueldo.

"¿Cómo es posible entonces, que en la República Argentina se someta a juicio a un médico con el que todos nos querríamos atender?", dijo la vicepresidente del Consorcio de Médicos Católicos, Dra. Elena Passo, entidad a la que no pertenece el ginecólogo enjuiciado ya que ha dicho más de una vez que no es un hombre de fe.

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(1) Se refiere a un caso que se inició en Enero de 2010, cuando una abuela ("A. F."), pidió que se eliminara al niño que gestaba su hija de 15 años ("A. G."), quien había sido violada por su marido ("O. C.").

La intervención médica abortiva se produjo finalmente el 11 de Marzo de 2010 en el Centro Materno Infantil del Hospital Zonal de Trelew y el caso llegó a la Suprema Corte.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en Marzo de 2012 hacer una caprichosa interpretación del Código Penal para justificar el homicidio del niño, cancelando la consideración de la salud mental de su progenitora.



-> Alberto Mora

 
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