San Isidro, Buenos Aires | |

 

 

 

 

 

 

     
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Salvar vidas no es delito
   
La Constitución Nacional y todo el marco jurídico que se le subordina en la Argentina protegen la vida desde la concepción. Todo lo que contradiga este escenario legal en el país está mal.

No obstante ello, al Dr. Leandro Rodríguez Lastra (MPRN 6818) lo denunciaron, lo enjuiciaron y condenaron por salvar la vida de una mujer y de su hijo.

El 2 de Abril de 2017, el médico tocoginecólogo del Hospital "Pedro Moguillansky" (Cipolletti, Río Negro), atendió a una joven embarazada de 22 semanas en una situación de riesgo a quien una organización clandestina militante del "derecho" al aborto le había suministrado ilegalmente la droga Misoprostol.

Este médico y un equipo interdisciplinario tomó las medidas del caso para asegurar la salud de la mujer que terminó dando a luz a un hijo a los 7 meses y medio de gestación que fue dado en adopción. Así es la historia sencillamente relatada.

Lo inverosímil es que la médica y política Marta Milesi lo denunció porque no mató al niño, tal el deseo de la mujer cuando cayó en manos de la organización clandestina que, irresponsable e ilegalmente, le facilitó los elementos para el homicidio.

Desde ese momento miles de personas conocieron al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra, lo alentaron por las redes, rezaron y marcharon por él, lo entrevistaron, lo invitaron a participar de paneles y encuentros, tomándolo como un caso paradigmático para intentar advertir a la comunidad médica: el de un profesional de la salud llevado a la justicia por salvar vidas.

El ginecólogo fue condenado a 2 años y 4 meses de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos y 1 año y 2 meses de prisión en suspenso. La decisión fue tomada por la "justicia" de Río Negro, que ya lo había hallado responsable por priorizar su juramente hipocrático y la Constitución Nacional, y no atender a una ley provincial nacida a la sombra del totalitarismo ideológico que impone matar por encima de ayudar a vivir.

El juez Álvaro Meynet estableció que Rodríguez Lastra no podrá tomar contacto  con mujer que salvó y que deberá presentarse a informar mensualmente ante el organismo de control sobre su paradero y situación.

El fiscal Santiago Márquez Gauna, a cargo del caso junto con Annabela Camporesi, dijo al medio abortista Página 12 que la decisión del magistrado "deja abierta la puerta a que Rodríguez Lastra pueda ejercer de forma privada, y me parece que hay riesgo en caso de que trabaje en una guardia de un centro de salud privado".

El juez Meynet tampoco hizo lugar a los pedidos de que Rodríguez Lastra se capacite en consentimiento informado, aplicación del protocolo de interrupción legal del embarazo y perspectiva de género en temas de salud.

 
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