San Isidro, Buenos Aires | |

 

 

 

 

 

 

     
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Un gobierno nacional comprometido con la muerte de niños
   
De modo similar a lo sucedido en 2009 en EE.UU., cuando Barack Obama 3 días después de asumir como presidente firmó la orden que liberaba fondos públicos para subvencionar grupos abortistas en el extrajero, el gobierno de Alberto Fernández acaba de decidir mofarse de la Constitución Nacional, del Código Civil y Comercial y el Código Penal, anunciando que dispondrá la creación de una resolución ministerial que obliga a matar niños antes de nacer en cualquier momento de su gestación, por el pedido de su madre y desechando la única causal que no aplica pena a ese delito.

Un verdadro despropósito ministerial nacido del médico militante del aborto Ginés González García, que sigue la línea de Adolfo Rubinstein, quien fuera hasta hace pocos días el secretario de Salud de Mauricio Macri, el presidente argentino que propuso debatir el valor de la vida humana en el Congreso.

Durante la tarde de este jueves 12 de Diciembre, el ministro de Salud Ginés González García mencionó al presidente Alberto Fernández al señalar "Recordábamos con el presidente el 2007 cuando hicimos el primer protocolo".

"El protocolo ha sido actualizado varias veces y va a seguir actualizándose. Hay dos razones centrales para hacerlo: por un lado, las modificaciones que ocurren en la legislación de nuestro país y por otro lado la evolución del conocimiento, que hace que se modifiquen las cuestiones científicas, por ejemplo, los medicamentos que se utilizan".

Ubicando el embarazo en el casillero de las enfermedades, el ministro promuerte expresó que "el protocolo es una guía de procedimiento como las que utiliza la medicina moderna para tratar cualquier tipo de 'patología'".

Según él este protocolo le dará "tranquilidad y respaldo" al personal de salud, asumiendo que necesitan de esta inconstitucional medida para ampararse ante la cruel medida de eliminar a un ser humano. "En un país federal esto depende mucho de la adhesión de las provincias. Confío en que lo harán".

"Va a haber organizaciones anti-derechos (refiriéndose a las que defienden la Constitución Nacional, los derechos humanos y la ciencia) que lo van a cuestionar, pero nosotros estamos brindando un instrumento sanitario para que se cumpla no sólo con la ley sino con los derechos de las personas", asegurando tozudamente lo que es FALSO: que hay alguna ley que permite matar personas y que a cualquiera le asiste el derecho de hacerlo.


Médicos y partidarios del falso derecho a matar niños antes de nacer


Irónicamente el ministro de Salud González García dijo "Somos respetuosos de la objeción de conciencia, pero no puede ser una coartada institucional para que no se cumpla con la ley", volviendo a sugerir que existe una ley que permite matar niños.

Argumentando que el aborto es un tema de salud pública porque "hay 30 muertes evitables por año", González García obvió que de las 30 muertes por "embarazo terminado en aborto" (datos oficiales de 2017), 8 fueron por embarazo ectópico, 2 porque había productos anormales de la concepción y una por aborto espontáneo. Lo que le da a las muertes ocasionadas por un aborto provocado un techo máximo de 19 muertes. (Fuente: Notivida Nº 1144).

Mariana Romero, directora del abortista Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES), aseguró que la "normativa argentina no tiene un límite de edad gestacional para realizar un aborto", que la objeción de conciencia "es individual: la ejercen las personas, no las instituciones". "No es que aplica a la violación, aplica al momento de la solicitud, no importa la causal: en 10 días debe darse lugar a la práctica"."La violación es un delito de instancia privada. La persecución de ese delito va a depender de que esa mujer decida o no hacer la denuncia. No significa que la interrupción del embarazo, a la que la mujer tiene derecho, sufra algún tipo de dilación o demora porque ella está en el proceso de decidir o no hacer la denuncia".

Como es sabido, las violaciones ocurren en su mayoría dentro del círculo familiar y no favorecer la denuncia y la investigación judicial, sólo permite que el violador vuelva a cometer el abuso. Es claro que con esta medida el gobierno de Alberto y Cristina Fernández no busca proteger a la mujer, sino seguir sometiendo a la Argentina a las presiones internacionales que buscan imponer el cruento negocio del aborto en todo el mundo.


Ginés González García y Giselle Carino, directora regional de International Planned Parenthood

Ginés González García fue, junto a Hilda "Chiche" Duhalde, el gran impulsor de la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable que dispuso el reparto masivo, indiscriminado y gratuito de anticonceptivos. Cuando la Ley se sancionó preveía métodos "reversibles, transitorios y no abortivos" pero con la reglamentación se añadieron las "píldoras del día después" que González García incorporó más tarde al Programa Médico Obligatorio. También impulsó en el Congreso la legalización de las esterilizaciones quirúrgicas y en el 2007 la cartera que conducía redactó la primera "Guía de Aborto no Punible".


EL ABORTO ES DELITO EN LA ARGENTINA Y NO HAY LEGISLACIÓN QUE LO AMPARE, PERO...

En la Provincia de Buenos Aires, en el primer semestre de 2019, se mató a 524 NIÑOS bajo el inconstitucional protocolo de "abortos no punibles". En 2018 se realizaron 740 abortos y en 2017, 592.

En tanto, en la ciudad de Buenos Aires el gobierno de Cambiemos, en los primeros seis meses de 2019, dejó sin vida a 3.577 NIÑOS con la falsa consigna de ser "interrupciones legales de embarazos". En 2018 se mató a 4.838 NIÑOS. Los datos surgen del informe del Programa de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires. El falso argumento para "solicitar" el homicidio prenatal es la causal "SALUD".

¿QUÉ DICE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA?

En 1984 (presidencia de Raúl Alfonsín), el Congreso nacional sancionó la ley 23.054 que aprobó la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). En su artículo 4° trata el "DERECHO A LA VIDA", que dice: "1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho está protegido por ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente".

En 1990 (presidencia de Carlos Menem), se sancionó la ley 23.849 que aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea de las Naciones Unidas el 20/10/89. En el artículo 2° el Congreso nacional dice: "Con relación al artículo 1° de la Convención sobre los Derechos del Niño, la República Argentina declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño TODO SER HUMANO DESDE LA CONCEPCIÓN Y HASTA LOS 18 AÑOS DE EDAD". En el artículo 6° de la Convención ratifica: "Los Estados partes reconocen que todo niño tiene derecho intrínseco a la vida".

En la reforma constitucional de 1994 se incorporaron a la Constitución nacional varios convenios internacionales, entre ellos, expresamente la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) y la Convención sobre los Derechos del Niño. Estando vigentes tales normas constitucionales, el Congreso nacional carece de toda aptitud para aprobar una ley que legalice el aborto y permita el homicidio de un niño por nacer, cuya vida está protegida por la Constitución nacional.

El artículo 75° inciso 22 incorporado a la Constitución nacional, dice refiriéndose a los convenios internacionales incluidos en su texto: "en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y DEBEN ENTENDERSE COMPLEMENTARIOS DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS RECONOCIDOS".

[Fuentes: Notivida / Propias]

 
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