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Diputados avaló a la partidaria del homicidio prenatal Marisa Graham como Defensora del Niño
   

En la sesión de este miércoles 26 de Junio la Cámara de Diputados avaló la designación de la abogada militante del aborto Marisa Graham para el cargo de Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes, cargo creado en 2005 por medio de la ley Nº 26.061 y que estaba vacante.

Junto a la activista verde fueron respaladados los defensores adjuntos (también proaborto), Facundo Hernández y Fabián Repetto. La terna deberá ahora ser votada en el Senado, también por mayoría simple.

La militante del derecho a exterminar niños cuando "no sean deseados" y última presidente de la Comisión Bicameral, diputada (Pro) Samanta Acerenza, desestimando el pedido de impugnación contra Graham por su activismo contra la vida humana dijo que "la infancia no tiene pañuelos, tiene derechos. El futuro de los niños es hoy, mañana será tarde". ¿Acaso no hay un pañuelo que identifica a los que quieren que los niños vivan (celeste) y otro que busca asesinarlos (verde)?

Mientras se trataba otro proyecto, la diputada Cornelia Schmidt Liermann (Pro) dijo: "Lamento que varios que queríamos hablar sobre la elección de la defensora del Niño no lo hayamos podido hacer. Vamos a presentar las inserciones, pero creo que en un tema tan sensible como la elección de la defensora del niño hubiese sido una buena oportunidad hacernos escuchar a muchos que defendemos la institución del Defensor del Niño, pero no estábamos de acuerdo con la persona elegida por ser una FERVIENTE MILITANTE DEL ABORTO".

Acerenza indicó que se presentaron 68 postulantes para el cargo y que se recibieron más de 7.000 adhesiones y 9 impugnaciones.

15 postulantes aprobaron y presentaron sus planes de trabajo hasta llegar a la etapa de audiencias públicas y el 25 de Abril se dio a conocer la elección de la ultrakirchnerista proaborto Marisa Graham, de Facundo Hernández y Fabián Repetto.

Según la Ley Nº 26.061, el Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes debe, entre otras cosas, promover las acciones para la protección de los intereses difusos o colectivos relativos a las niños y adolescentes e interponer acciones para la protección de sus derechos en cualquier juicio, instancia o tribunal.

Ver: Ley Nº 26.061 (pdf)

 
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